Preguntas
- ¿Qué es el final de la vida?
- ¿Cómo se puede ayudar entonces al enfermo?
- ¿Qué son los cuidados paliativos?
- ¿Qué es la sedación en el paciente terminal?
- ¿Existen protocolos ?
- ¿Qué es la eutanasia, es legal en España ?
-¿Qué es la muerte digna?
- ¿Qué es el testamento vital y cuales son las "medidas extraordinarias" sobre las que puedo decidir?
- ¿Qué es el suicidio asistido?
Respuestas
En realidad es la conclusión de nuestra existencia por el motivo que sea, pero en nuestro medio y contexto hacemos referencia a esa etapa como la situación determinada por una enfermedad avanzada en fase evolutiva e irreversible con síntomas múltiples, impacto emocional, pérdida de autonomía, con muy escasa o nula capacidad de respuesta al tratamiento especifico y con un pronóstico de vida limitado a semanas o meses, en un contexto de fragilidad progresiva, o bien el agotamiento psicofísico propio del envejecimiento. En definitiva es el final del camino bien por causas de deterioro físico o bien por conclusión del proyecto vital.
En esas circunstancias,
la respuesta de una sociedad moderna debe basarse en un modelo de
atención integral (atención a las necesidades clínicas del
paciente, bien físicas, psicológicas, sociales y atención a la
familia, así como a la espiritualidad de la persona),
multidisciplinar (médicos, enfermeras, fisioterapeutas, asistentes
sociales, psicólogos, etc) coordinada (recursos sociosanitario
hospitalarios y domiciliarios) y continuada (solo acaba cuando se
produce el fallecimiento del paciente, incluso tras la fase de duelo
familiar). Esa es la filosofía de los cuidados paliativos. El cuerpo
doctrinal de los mismo está muy bien consolidado a pesar de no ser
considerados especialidad médica. Actualmente es una prioridad en
nuestro sistema sanitario de Andalucía.
En situaciones de
enfermedad terminal ó de últimos días, cuando aparecen síntomas
graves, refractarios, que no podemos controlar con los medios a
nuestro alcance, y que producen un alto grado de sufrimiento al
paciente podemos recurrir, bajo autorización expresa del mismo, del
representante legal ó de la familia según los casos, a la sedación
paliativa ó bien a la sedación en la agonía. Desde el punto de
vista ético y moral es una medida terapéutica aceptada
universalmente que consiste en disminuir el nivel de conciencia de un
paciente lo suficiente para evitar el sufrimiento y como he dicho
precisa del consentimiento informado. Este procedimiento terapéutico
tiene como objetivo dormir superficialmente al enfermo, debe ser
protocolarizado, es decir se realiza según protocolo aceptado por la
comunidad científica, y exige extremar los cuidados posteriores
(cuidados del paciente sedado) y salvaguardar más que nunca su
dignidad y extremar el apoyo a la familia. La sedación no tiene
porqué influir en el pronóstico de vida del paciente, ni se
pretende, esto es esencial en su concepción, si bien a esas alturas
lo realmente importante es evitar el sufrimiento del enfermo. Esta
medida terapéutica está muy extendida en la práctica de los
Cuidados Paliativos, se realiza generalmente a nivel hospitalario en
dichas unidades, aunque también puede realizarse por personal de
recursos avanzados en el domicilio y en otros servicios médicos como
UCI etc. , no obstante su uso no está lo extendido como sería
deseable creo más bien por desconocimiento que por otro motivo.
Sedación no es sinónimo
a eutanasia, son conceptos totalmente diferentes. En la eutanasia hay
una voluntad de terminar con la existencia del paciente, bien por
administración de fármacos a dosis letales, desconexión de
instrumentos que mantienen al paciente con vida, ó simplemente por
inacción, es decir por no hacer nada ante una situación de
emergencia. En nuestra legislación la eutanasia es una práctica
prohibida por ley, está tipificada como delito. No menos cruel es la
distanasia, es decir el llamado encarnizamiento terapéutico,
generalmente consecuencia en una praxis equivocada, en no aceptar
como normal la conclusión de la vida, el empecinarse en prolongar
una agonía, una situación de sufrimiento, cuando no hay ninguna
esperanza de curación ó mejoría, no deja de ser una crueldad. Otro
concepto es el de “suicidio asistido”, práctica también ilegal
y que escapa del contexto sanitario. Consiste en ayudar a una persona
a suicidarse.
La muerte es un
acontecimiento que dura segundos, por lo tanto no es digna ni
indigna. El concepto de muerte digna es una aberración conceptual
que se ha abierto camino a base de ser continuamente repetida. Lo que
resulta digno ó indigno es la calidad de vida que se tenga en el
proceso hacia la muerte. En este sentido en nuestra comunidad
autónoma se aprobó una ley muy consensuada y con sólido fundamente
jurídico que se llama algo así como Ley de derechos y garantías de
la dignidad del paciente en el proceso de muerte. En ella prima la
autonomía del paciente, el derecho a la información, a la capacidad
para decidir sobre su proceso, el derecho a la intimidad, a la
confidencialidad, el derecho a los cuidados paliativos, al
tratamiento del dolor, a la continuidad de los cuidados
independientemente de las decisiones sobre el tratamiento, etc. .En
esta ley se contemplan los derechos de los enfermos y los deberes de
los profesionales y los centro sanitarios públicos y privados y los
comités de ética como garantía ante situaciones difíciles ó
complejas y salvo cuestiones muy puntuales referentes a la objeción
de conciencia es una ley aceptada por las asociaciones profesionales
y aprobada por todos los partidos políticos del arco parlamentario.
Una de las cuestiones que
en referencia a la ley comentada anteriormente hay que tomar muy en
consideración es el derecho del paciente a expresar su voluntad
sobre en lo referente a la atención que quiere o no recibir, hasta
donde llegar etc. En realidad se llama “Voluntades anticipadas” y
se pueden realizar en las delegaciones de salud o a través del
teléfono de “salud responde”, incluso nombrando representante.
En realidad forma parte del derecho a la autonomía, es decir a la
capacidad de decidir sobre las medidas que se tomen en su proceso
asistencial. Es decir, si poner sondas o no, realizar transfusiones,
quimioterapia paliativa, procedimientos cruentos ó invasivos cuando
ya el pronóstico es inamovible etc. Es muy frecuente la situación
contraria, es decir la decisión de la familia de ocultar al enfermo
la realidad sobre su enfermedad por compasión, a esta situación la
llamamos “conspiración del silencio” y realmente es complejo su
abordaje. En esta situación de desconocimiento o desinformación es
imposible que el paciente pueda decidir sobre esas cuestiones. No
obstante en la mayoría de los casos se respeta esta decisión cuando
no afecta claramente a la calidad de vida del enfermo o este
simplemente no pregunta o no quiere saber, aunque normalmente la
realidad es que intuye ó sabe más de lo que todos suponen que sabe.
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